Declaración de herederos

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Declaración de herederos

Declaracion de herederos

Si aún no sabe que es la declaracion de herederos, ha llegado al sitio indicado. La declaracion de herederos en Cordoba es una manifestación de la voluntad del testador que se realiza antes de la muerte del causante. En dicha declaración se nombran los herederos del causante. No obstante, si no existe dicha manifestación, se designará por Ley después de la muerte del testador.

En la declaracion de herederos hay dos términos sumamente importantes que se han tener en cuenta.

Por un lado, los herederos forzosos. Son herederos forzosos, atendiendo al artículo 807 del Código Civil:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece este código
Declaracion de herederos

Por otro, los herederos legítimos. Son herederos legítimos, en virtud del mismo código:

  • Hijos y descendientes
  • Padres y ascendientes.
  • Cónyuge
  • Hermanos e hijos de hermanos
  • Resto de parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad
  • El Estado

El heredero legítimo puede ser o no heredero forzoso. Esto ocurre en el caso de que no exista herederos forzosos o disposición testamentaria.

En cuanto al plazo para hacer la declaracion de herederos, no hay ninguno, pero existen las siguientes matizaciones. Si una persona fallece sin testamento y es necesario proceder a la declaración de herederos abintestato, no hay plazo. No obstante, sí que hay plazo para pagar los impuestos correspondientes y para que el notario los declare como tal. Por lo tanto, el plazo para hacer la declaracion de herederos teniendo en cuenta esto último, es de 20 días desde la firma del requerimiento al notario.

Los documentos necesarios para hacer una declaracion de herederos en Cordoba intestados ante notario son los siguientes:

  • El D.N.I
  • Certificado de defunción y certificado de Últimas Voluntades
  • Certificado de matrimonio del difunto si este estaba casado
  • Certificado de nacimiento o libro de familia del causante
  • Certificado de nacimiento del difunto
  • Dos testigos
  • D.N.I de los llamados a la herencia
  • Certificado de empadronamiento del fallecido
957 482 460